El Ministerio de Seguridad confirmó que a partir de la semana próxima se comenzarán a realizar multas a aquellos vehículos que no tengan la Revisión Técnica Obligatoria realizada.
La noticia había sido adelantada por el Gobernador, Rodolfo Suárez, durante la conferencia de prensa donde brindaron detalles de la ley de Presupuesto.
Asimismo, comentaron que la multa será una falta leve, por lo que el costo rondará los 3.000 pesos, prácticamente lo mismo que cuesta realizar el trámite.
Desde el ministerio, lanzaron una advertencia para aquellos que piensen en salir de la provincia en la época de vacaciones: «No van a zafar más diciendo que en Mendoza no es obligatoria, así que no sólo los van a multar, sino que tendrán que pagar esa multa en la provincia donde se la hagan, por lo cual es un doble dolor de cabeza», explicaron fuentes ministeriales en reserva a modo de reflexión para los ciudadanos.
Según la página oficial de la RTO, este mes corresponde que las patentes finalizadas en 9 y 0 deben de realizar el trámite.
Repaso sobre quienes tienen que realizar la RTO
Motos: tendrán un plazo de gracia de dos años a partir de su fecha de patentamiento original para realizar su primera RTO.
Autos, camionetas, furgones: que estén afectados al uso particular tendrán un plazo de gracia de tres años a partir de su fecha de patentamiento original para realizar su primera revisión.
Camiones que estén afectados al uso particular: estarán exentos de realizarla durante el primer año a partir de su fecha de patentamiento original.
Acoplados y semi acoplados: que estén afectados al uso particular: al igual que los camiones, tendrán un año de gracia luego de la fecha de patentamiento original.
Qué controles se realizan
– Sistema de frenado.
– Sistema de dirección.
– Sistema de suspensión.
– Sistema de transmisión.
– Sistema de rodamiento.
– Sistema de iluminación.
– Nivel de intensidad sonora, silenciador y sistema de escape.
– Emisión de contaminantes, gases de escape, pérdidas de fluidos.
– Estado general de vehículo y carrocería, elementos salientes o cortantes, deterioros, guardabarros, paragolpes, defensas reglamentarias, altura, puertas, capot y baúl.
– Parabrisas, luneta y cristales laterales.
– Limpiaparabrisas.
– Espejos retrovisores.
– Dispositivos del sistema de instrumental y registro de operaciones.
– Accesorios de seguridad y elementos para emergencia tales como cinturones de seguridad, apoya cabezas, extintores o matafuegos, balizas triángulo reflactante, chaleco refractario y botiquín de primeros auxilios.