Vie. Sep 27th, 2024

Luego de que el presidente anunciara las nuevas medidas en la cual una de ellas es las modificaciones en el Registro de Propiedad del Automotor, generaron dudas en los mendocinos.

El DNU firmado por el presidente Milei establece más de 300 modificaciones y derogaciones a las leyes, uno de esos cambios surgieron dudas y confusiones entre los automovilistas y empresarios del sector por un artículo de la norma que hace referencia a “los únicos documentos exigibles para circular” con vehículos en todo el país.

El megadecreto contempla cambios en el Registro de Propiedad del Automotor, como la descentralización, la simplificación, la digitalización y la libertad de circulación.

En tal sentido, el artículo 361 del DNU establece la sustitución del “artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58 ratificado por la Ley N° 14.467 (t.o. 1997) y sus modificatorias”. En tal sentido, el único cambio sustancial es la posibilidad de que los registros del automotor entreguen a los titulares de los vehículos las cédulas de identificación (popularmente conocida como “tarjeta verde”) digitales.

La tenencia de la cédula digital “acreditará derecho o autorización para usar el automotor, pero no eximirá de la obligación de justificar la habilitación personal para conducir”, destaca la normativa.

También se menciona que “la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo”.

La confusión se generó porque la normativa no hace mención concreta a la exigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) ni del seguro. Sin embargo, hay que destacar que ambos requisitos tampoco estaban previstos en la legislación anterior a la entrada en vigencia del DNU.

Hay que recordar que la ley de tránsito provincial asegura: “Al sólo requerimiento de la autoridad competente, se debe presentar la Licencia de Conducir, la Cédula de identificación del vehículo y/o cédula de identificación para autorizado a conducir o autorización expedida por Escribano Público Nacional, póliza y comprobante de seguro vigente”.

En cuanto a la RTO, la inspección mecánica y técnica que permite conocer el estado de vehículos y determinar si están en condiciones mínimas de seguridad para circular, Mendoza adhirió a la ley nacional, por lo que se trata de un requisito obligatorio para todo el parque automotor.

Mientras el Gobernador Alfredo Cornejo y su gabinete siguen analizando el decreto y al no haber ningún anuncio oficial por parte del mandatario, en la provincia continua siendo obligatoria la “RTO”.

 

Fuente: El Sol

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