Con el DNU que firmó el Presidente Javier Milei modificando o derogando una gran cantidad de leyes ya no será obligatorio el seguro automotor y la revisión técnica obligatoria ya que el decreto estipula que desde ahora la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor.
Las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo, Milei sostiene que el decreto «destrabará el andamiaje jurídico opresor» que ha impedido el crecimiento económico de Argentina.
«será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial.”
El DNU del presidente introduce cambios significativos en el Registro de Propiedad del Automotor, como la descentralización, la simplificación, la digitalización y la libertad de circulación.
Los cambios introducidos por el DNU de Milei: Registro de Propiedad del Automotor, RTO y Seguros:
Descentralización: Se elimina la obligación de realizar los trámites ante los Registros Seccionales, pudiendo realizarse directamente ante la Dirección Nacional o de manera remota.
Simplificación: Se reduce la cantidad de trámites y requisitos necesarios para realizar un traspaso de dominio, eliminando la necesidad de presentar el título de propiedad en formato físico.
Digitalización: Se establece que todos los trámites se realicen de manera digital, incluyendo la expedición de cédulas de identificación.
Libertad de circulación: Se establece que la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor. No es obligatorio el seguro automotor y la RTO
Responsabilidad: Se establece que la denuncia de la tradición del automotor da lugar a la sustitución del sujeto obligado al tributo, desligando al titular transmitente de toda responsabilidad legal sobre el mismo.
Deudas: La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro.
FUENTE: Diario Uno