Mar. Nov 26th, 2024

El Gobierno reglamentó la ley y uno de los principales cambios es la duración de la vigencia del carnet a 10 años.

A partir del lunes 25 de noviembre entran en vigencia las modificaciones de la Ley Provincial de Seguridad Vial aprobadas por la Legislatura provincial. La nueva norma sobre la licencia de conducir fue reglamentada por el Gobierno de Mendoza mediante la publicación del Decreto Nº2417 en el Boletín Oficial.

La Ley 9587, extienden los plazos de vencimiento de las licencias de conducir y establecen cambios en los exámenes para las personas mayores de 65 años.

-Hasta 65 años: 10 años de vigencia.

-De 66 a 75 años: 5 años de vigencia.

-A partir de los 76: 3 años de vigencia.

La nueva norma no será vigente para aquellos conductores que estén condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor como tampoco para aquellos que sean reincidentes en hechos de conducción bajo efectos del alcohol. En estos casos el plazo será de cinco años.

Desde 18 y 65 años de edad, las personas que tramiten su licencia de conducir podrán ser habilitadas por el máximo que establece la Ley para acceder a las licencias para conductores no profesionales.

En cuanto a las personas de más de 65 años de edad, la vigencia de la licencia de conducir para conductores no profesionales será de 5 años. En caso de renovación no será necesario rendir examen de manejo, salvo expresa indicación médica.

Por su parte, para los conductores no profesionales de más de 75 años de edad, la vigencia de la licencia de conducir será de 3 años.

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