La AFIP establece ciertos límites a partir de los cuales estas transacciones deben ser informadas, con el fin de analizar el origen de los fondos y determinar si están sujetas a impuestos.
Gran parte de nuestras transacciones financieras cotidianas se realizan a través de billeteras virtuales, estos movimientos de dinero no pasan desapercibidos para la Administración Federal de Ingresos Públicos en Argentina, que supervisa de cerca las transacciones electrónicas.
Según la información proporcionada por el organismo en su sitio web, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la administración tributaria cuando las transferencias, operaciones de acreditación o extracción, y los saldos existentes en la cuenta superen los $400.000.
En caso de ser necesario, puede exigir al contribuyente que demuestre el origen de los fondos a través de una comunicación formal.
Existen otros movimientos financieros que deben ser informados a la AFIP por parte de las billeteras virtuales:
Entradas o salidas de dinero de las cuentas iguales o mayores a $120.000.
Saldos en cuenta iguales o superiores a $200.000 al último día hábil del mes.
Transferencias iguales o mayores a $400.000.
La AFIP tiene la facultad de monitorear todas las transacciones financieras que se realizan en el país, ya sea a través del sistema bancario o de billeteras virtuales. Esto incluye acreditaciones mensuales en cuentas corrientes, cajas de ahorro, pagos de sueldos, transacciones en pesos argentinos o dólares estadounidenses, entre otros.
El monto máximo que se ha establecido es de $200.000 mensuales para aquellos que se encuentran en la economía informal, es decir, sin ingresos declarados.
La AFIP podrá pedir que se justifiquen los montos de las transferencias, a través de:
Facturas.
Recibos de sueldo.
Comprobantes de haberes jubilatorios.
Certificados de ingresos emitidos por un contador público.
Declaratoria del Heredero.
Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa correspondientes a esta transacción son cruciales.
Boletos de compraventa.
Es fundamental recordar que al sobrepasar este límite se corre el riesgo de que la AFIP solicite justificación sobre el origen de los fondos.
Con información de MDZ